El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y estableció los procedimientos operativos para la implementación de un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad. La medida fue oficializada este lunes mediante su publicación en el Boletín Oficial.
La reglamentación quedó plasmada en el Decreto 84/2026, firmado por el presidente Javier Milei, y responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793 luego de declarar inválido un decreto previo que había suspendido su ejecución por falta de financiamiento.
La norma define de manera precisa los requisitos de acceso al nuevo régimen de pensiones, así como las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control.
Según se detalla en los considerandos, el sistema deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral para personas con discapacidad, con el objetivo de garantizar protección social sin desalentar la inserción en el mercado de trabajo.
El decreto incorpora a la Secretaría Nacional de Discapacidad dentro del organigrama del Ministerio de Salud, centralizando en esa cartera la política pública en la materia. La decisión se fundamenta en una concepción integral del derecho a la salud y a la protección social, que abarca dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos.
La reglamentación instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica de los beneficiarios y presentar, en un plazo de 30 días, un plan de auditorías periódicas. Además, faculta a la Secretaría a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la correcta implementación del nuevo régimen.
El decreto establece la conversión de oficio de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a su entrada en vigencia en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social. Para ello, la autoridad de aplicación deberá identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones alcanzadas.
Las medidas adicionales que se acuerden en el marco del Consejo Federal de Discapacidad serán implementadas mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con sus competencias y disponibilidades presupuestarias. La reglamentación entró en vigencia el 3 de febrero de 2026, fecha de su dictado.











