Un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados bonaerense busca modificar las reglas para obtener, renovar o duplicar la licencia de conducir. La iniciativa, impulsada por el diputado Juan Esteban Osaba, de La Libertad Avanza, propone que las autoridades provinciales y municipales no puedan exigir un certificado de libre deuda como condición previa para realizar esos trámites.
La propuesta apunta al artículo 8 de la Ley Provincial de Tránsito N° 13.927 y plantea separar el derecho a tramitar la licencia de las obligaciones económicas derivadas de infracciones. El planteo adquiere relevancia porque actualmente la Provincia informa entre los requisitos para los trámites el pago de infracciones municipales que cuentan con sentencia firme, mediante la presentación del correspondiente certificado de libre deuda.
El legislador sostiene que una multa debe ser reclamada por los mecanismos legales previstos y no utilizada para impedir el acceso a un documento que acredita la habilitación para conducir. Bajo esa mirada, el proyecto busca que la licencia deje de funcionar como una herramienta de presión para obtener el pago inmediato de deudas y que el Estado mantenga, al mismo tiempo, intacta su capacidad de exigirlas por las vías correspondientes.
Uno de los puntos centrales de la iniciativa es que tampoco puedan bloquear el trámite las actas de infracción que se encuentren en proceso o las multas impagas que todavía no hayan sido juzgadas o que no cuenten con …
… una sentencia firme y ejecutoriada. En esas situaciones, el organismo encargado podría informar al interesado sobre sus antecedentes, pero esa comunicación tendría carácter exclusivamente informativo y no impediría continuar con la gestión.
El proyecto no propone borrar multas ni desconocer infracciones existentes. Las deudas continuarían registradas y los municipios y la Provincia conservarían las facultades para reclamar su cancelación mediante los procedimientos administrativos o judiciales que correspondan. La discusión se concentra, por lo tanto, en si una obligación económica puede convertirse en una condición para ejercer un trámite vinculado con la habilitación para conducir.
La iniciativa también establece una diferencia entre las deudas y aquellas sanciones que sí afectan directamente la posibilidad legal de manejar. Por eso, no alcanzaría a las inhabilitaciones para conducir ni a las sanciones firmes dictadas por las autoridades competentes. Una persona que tenga vigente una prohibición de conducir seguiría impedida de obtener o renovar su licencia mientras dure esa medida.
El planteo abre ahora una discusión legislativa sobre el vínculo entre seguridad vial, potestad sancionatoria y mecanismos de recaudación. Osaba resume su posición con una frase que da nombre al reclamo: “El registro es para manejar, no para recaudar”. La propuesta deberá atravesar el tratamiento parlamentario antes de convertirse eventualmente en una modificación de la normativa vigente en toda la provincia.
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