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Por no estar vacunado, alumno continuará su escolaridad de manera virtual

En la vecina ciudad de Bahia Blanca un alumno no vacunado continuará su escolaridad de manera virtual. La Universidad Nacional del Sur aclaró que la medida no implica una expulsión y explicó que responde a la normativa vigente sobre el Calendario Nacional de Vacunación. La institución otorgó 60 días para iniciar la regularización del esquema.

La Universidad Nacional del Sur confirmó que un alumno de 14 años del Ciclo Básico no podrá continuar asistiendo de manera presencial porque su esquema de vacunación está incompleto. La institución aclaró que la decisión no implica una expulsión: el adolescente mantendrá su escolaridad mediante una modalidad no presencial, mientras la familia define si inicia la regularización exigida.

La explicación fue brindada por Pablo Badr, decano del Departamento de Ciencias de la Salud e integrante del Consejo Superior, durante una entrevista de Germán Sasso en Bahía Hoy, por La Brújula 24. El caso había sido expuesto por Natalia, madre del estudiante, quien afirmó que la familia sostiene una postura contraria a la vacunación y que no prevé inocular al adolescente.

Badr explicó que la UNS verifica el carnet y notifica a las familias cuando detecta dosis faltantes. Desde esa comunicación se otorgan 60 días corridos para iniciar el contacto con el sistema sanitario, no necesariamente para completar de inmediato todo el calendario. La resolución 119/2026 también contempla registrar contraindicaciones médicas debidamente acreditadas y prevé un procedimiento de unos 120 días.

Vencido el plazo sin que se inicie la regularización, el estudiante pasa a cursar a distancia en las escuelas preuniversitarias. La medida se apoya en la resolución del Consejo Superior y en la Ley 27.491, que define las vacunas del Calendario Nacional como obligatorias, establece la responsabilidad de los adultos a cargo y prevé requerir la certificación para el ingreso y egreso del ciclo lectivo.

La norma universitaria alcanza a los establecimientos inicial, primario y secundario dependientes de la UNS. Además del requisito para ingresar, dispone controles periódicos —con una frecuencia no mayor a un año—, notificaciones fehacientes y acciones de orientación, acompañamiento y derivación a efectores públicos. La Universidad sostiene que busca compatibilizar el derecho a la educación con el derecho individual y colectivo a la salud.

Según Badr, los calendarios desactualizados detectados representaron menos del 10% del alumnado y, en cerca del 98% de los casos, la notificación derivó en la vacunación. Algunas inconsistencias respondían a dosis aplicadas que no figuraban en los registros, mientras que otras se vinculaban con cambios del calendario. El decano definió el resultado como positivo y negó que se trate de una sanción.

El funcionario también rechazó asociar las vacunas con el autismo y recordó que esa hipótesis, difundida desde fines de los años noventa, fue refutada por la investigación científica. Advirtió, además, sobre la caída de las coberturas: señaló que para el sarampión se necesita alcanzar el 95% para proteger a la comunidad, pero estimó que actualmente no llega al 70%. La institución planteó que el diálogo es central.

La Ley 27.491 establece que la vacunación es una estrategia preventiva de salud pública, gratuita y obligatoria. También dispone que el incumplimiento puede generar intervenciones de la autoridad sanitaria, desde la notificación hasta medidas destinadas a efectivizar la inmunización. En ese marco, la UNS afirma que actúa como corresponsable junto con las familias y el sistema de salud, sin convertir la educación en una sanción.

Mientras la familia mantenga su negativa a iniciar el proceso de regularización, el alumno continuará vinculado al Ciclo Básico mediante una modalidad no presencial. La resolución universitaria procura así sostener su trayectoria educativa, pero establece que la asistencia presencial queda condicionada al cumplimiento de las exigencias sanitarias previstas por la legislación nacional y por la normativa aprobada por el Consejo Superior.

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