Los jóvenes de Huanguelén contraatacan: pedirán que la Justicia investigue las amenazas recibidas y podría abrirse un nuevo frente penal. La investigación por la muerte de un coipo a manos de dos jóvenes de Huanguelén podría sumar ahora un capítulo inesperado. Mientras la Justicia avanza en el análisis de los teléfonos secuestrados a los acusados y en la preservación de las pruebas vinculadas al caso, los involucrados solicitarán que también se revisen los cientos de mensajes, publicaciones y comunicaciones que recibieron desde que el video se viralizó durante la madrugada del sábado.
La decisión podría derivar en la apertura de nuevas causas penales para determinar si algunas de las expresiones dirigidas contra los jóvenes constituyen delitos de amenazas, una figura contemplada por el Código Penal Argentino y que, en determinadas circunstancias, prevé penas superiores a las que actualmente contempla la legislación vigente para los casos de maltrato o crueldad animal. El caso generó una fuerte conmoción social. Las imágenes muestran a uno de los jóvenes golpeando hasta matar a un coipo mientras otro registra la escena y la alienta.
La difusión del video provocó una inmediata reacción de indignación en redes sociales y una catarata de mensajes de repudio provenientes de distintos puntos del país. Sin embargo, entre las críticas y expresiones de rechazo también habrían aparecido mensajes que podrían exceder los límites de la libertad de expresión y adentrarse en el terreno del delito. El Código Penal establece en su artículo 149 bis que será reprimido con prisión de seis meses a dos años quien utilice amenazas para alarmar o amedrentar a otra persona. Si las amenazas son anónimas o se realizan mediante armas, la pena puede elevarse de uno a tres años. La situación se vuelve aún más grave cuando la amenaza tiene como finalidad obligar a alguien a hacer, dejar de hacer o tolerar algo contra su voluntad.
En esos casos, las penas previstas van de dos a cuatro años de prisión. A su vez, el artículo 149 ter contempla agravantes que pueden elevar las penas hasta los seis años de prisión cuando existen determinadas circunstancias, como el anonimato o el empleo de armas, e incluso hasta los diez años en situaciones especialmente graves.
Mantente informado con nuestros enlaces y alertas de Whatsapp. Síguenos en nuestro canal, aqui:
Los especialistas en derecho penal señalan además que las amenazas realizadas a través de redes sociales, aplicaciones de mensajería, correos electrónicos o cualquier otro medio digital pueden constituir prueba válida dentro de una investigación judicial, especialmente cuando queda acreditada una intención real de intimidar o generar temor en la víctima.
La enorme repercusión que tuvo el caso de la nutria generó una condena social casi unánime. Sin embargo, desde el punto de vista jurídico, la indignación pública no habilita a realizar amenazas, hostigamientos o incitaciones a la violencia. Por ese motivo, si los mensajes almacenados en los teléfonos secuestrados contienen expresiones que puedan interpretarse como amenazas concretas de muerte, agresiones físicas o persecución, la Justicia podría verse obligada a investigar también a quienes las emitieron.
La paradoja es evidente: algunas personas que reaccionaron impulsivamente frente al repudiable episodio del maltrato animal podrían terminar enfrentando imputaciones penales propias. Mientras tanto, la causa principal continúa avanzando. Los investigadores trabajan sobre los dispositivos electrónicos secuestrados para determinar la autenticidad de los videos difundidos y reconstruir con precisión las circunstancias en que ocurrió el hecho. Al mismo tiempo, el análisis de esos mismos teléfonos podría abrir una segunda línea de investigación, esta vez centrada en el comportamiento de quienes, desde el anonimato o mediante perfiles identificables, enviaron mensajes intimidatorios a los jóvenes.
El caso expone así una realidad cada vez más frecuente en la era digital: un hecho que genera una comprensible reacción de repudio social puede derivar, cuando las expresiones cruzan ciertos límites, en nuevas responsabilidades penales para quienes creen estar actuando únicamente desde la indignación. Y mientras la sociedad debate sobre la gravedad del maltrato animal y la necesidad de endurecer las penas previstas por la legislación vigente, la Justicia deberá determinar ahora si detrás de algunos mensajes de repudio también existieron conductas que la ley considera delitos.
ENCUESTA:
NOTA: Esta encuesta es libre y se preserva la identidad del votante. El sistema toma un voto por domicilio (dirección IP), para más votantes usar plan de datos móviles de cada dispositivo.
Recuerda siempre darle prioridad al comercio local y lo que no encuentras, búscalo aqui.
SEGUÍ A ECOS EN SUS REDES:
SITIO WEB …
FACEBOOK …
WHATSAPP …
INSTAGRAM …
THREADS …
X -TWITTER …











