El Concejo aprobó una nueva Ordenanza para combatir los ruidos molestos de motos. La medida más estricta faculta al Juzgado de Faltas a ordenar el allanamiento de domicilios privados y el decomiso de vehículos con caños de escape modificados. Las multas alcanzan las 1500 UF. En nuestro distrito los controles se orientan exclusivamente a secuestros en la vía pública, pero no mediante allanamientos. ¿Se tomará como referencia?
La normativa busca mejorar la convivencia y seguridad vial. En los últimos meses, el Intendente Municipal de Salliqueló, Dr. Ariel Succurro, mantuvo reuniones con vecinos y vecinas, quienes expresaron una preocupación que afecta la vida diaria: el uso indebido de motocicletas y las molestias que esto genera.
A partir de esas escuchas y del trabajo articulado entre el Ejecutivo, Asesoría Legal, concejales y diversas áreas municipales, se elevó al Honorable Concejo Deliberante un proyecto integral para mejorar la convivencia y cuidar la seguridad. Este proceso también incluyó el trabajo en equipo de los inspectores municipales y las fuerzas de seguridad, que aportaron su experiencia en el territorio.
En la última sesión ordinaria del cuerpo legislativo, el proyecto fue aprobado por unanimidad. La Ordenanza busca prevenir y controlar la contaminación acústica y las conductas temerarias en el tránsito, teniendo como principales objetivos proteger la salud y el bienestar de los vecinos, prevenir accidentes y daños a la propiedad, y regular la circulación de vehículos con caños de escape modificados o defectuosos.
Principales Medidas y Sanciones
Para ello, a partir de su reglamentación, las principales medidas que llaman la atención son:
Allanamiento y Decomiso: Se faculta al Juzgado de Faltas a ordenar el allanamiento de propiedades privadas y el decomiso de vehículos que circulen con caños de escape modificados o defectuosos.
Multas Elevadas: Se establecen multas para los infractores que van desde 300 hasta 1500 UF (unidades fijas), donde cada unidad equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial.
Retiro del Vehículo: Se requiere que los vehículos sean retirados por su titular o persona autorizada, con la documentación correspondiente y el pago de la multa.
Destrucción de Escapes: Se prevé la destrucción de los caños de escape decomisados después de seis meses.
Entre las conductas prohibidas específicamente, se encuentran circular con caños de escape modificados o defectuosos, la conducción temeraria (exceso de velocidad, maniobras imprudentes, etc.) y alterar el normal funcionamiento de vehículos para producir ruidos nocivos.












