¿Fin de la cuenta sueldo gratuita?. La reforma laboral de Milei elimina una palabra clave y abre la puerta a comisiones sobre el salario. El proyecto de reforma laboral impulsado por el gobierno de Javier Milei no elimina formalmente la cuenta sueldo, pero introduce un cambio silencioso y decisivo: borra de la ley la palabra “gratuita”.
El efecto no es menor. Lo que hasta ahora era un derecho garantizado pasa a depender de regulaciones futuras o de decisiones comerciales del sistema financiero. El artículo 124 de la Ley de Contrato de Trabajo establecía con claridad que el salario debía pagarse mediante acreditación en una cuenta sueldo bancaria, regulada por el Banco Central.
Ese encuadre garantizaba que los trabajadores cobraran sus haberes sin costos de apertura, mantenimiento ni extracción. La nueva redacción mantiene la obligación de pagar el salario en una cuenta a nombre del trabajador, pero introduce una diferencia sustancial: ya no exige que sea una cuenta sueldo ni menciona su gratuidad.
En su lugar, habilita el uso de cuentas bancarias comunes, billeteras virtuales y Proveedores de Servicios de Pago (PSP), sin ninguna referencia explícita a la protección frente a cargos y comisiones. En derecho laboral, lo que no está expresamente garantizado deja de ser exigible. Al eliminar la gratuidad del texto legal, el salario sigue depositándose, pero deja de estar legalmente blindado frente a descuentos por el solo hecho de cobrar.
Desde ese momento, la protección ya no surge de la ley sino de regulaciones administrativas (como las del BCRA) o de la voluntad de bancos y fintech. El anclaje jurídico se rompe. Según datos del Banco Central, en Argentina existen al menos 20 millones de cuentas asociadas al cobro de haberes.
La cuenta sueldo fue uno de los principales instrumentos de inclusión financiera precisamente porque su costo estaba legalmente vedado. Al desaparecer esa palabra de la ley, desaparece también la garantía. Si esas cuentas comienzan a funcionar como cuentas estándar o paquetes bancarios, los costos potenciales se multiplican.
Entre todo ello el mantenimiento mensual, uso de cuenta, extracciones fuera de red, transferencias interbancarias, reposición de tarjeta o exigencias de saldo mínimo. Con un costo promedio moderado —por ejemplo, $8.000 mensuales por cuenta— el sistema financiero podría captar alrededor de $160.000 millones de pesos por mes.
Proyectado a un año, eso equivale a $1,92 billones de pesos, unos 1.325 millones de dólares al tipo de cambio de referencia de $1.450 por dólar. Y la estimación ni siquiera contempla comisiones extraordinarias, penalidades o costos adicionales habituales en cuentas no alcanzadas por el régimen de gratuidad.
El cambio en el artículo 124 no es un detalle menor ni un tecnicismo jurídico. Es una decisión política concreta: el Estado deja de garantizar que el salario llegue íntegro al trabajador y habilita una transferencia lenta pero constante de ingresos desde los asalariados hacia los bancos. No se trata de modernizar el sistema de pagos ni de mejorar el poder adquisitivo.
Se trata de una concesión regulatoria que amplía el margen de negocios de uno de los sectores más concentrados de la economía, en detrimento de quienes viven de su sueldo. El derecho no se elimina de forma frontal: se vacía por omisión. En nombre de la libertad de mercado, el salario deja de estar protegido y pasa a convertirse en una nueva fuente de rentabilidad financiera para el sistema bancario.











